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Este Reglamento de Régimen Interno constituye una recopilación de textos legales y normas específicas que el Consejo escolar de este Centro ha aprobado. A continuación se detallan los más importantes:

. Real Decreto 732/1995 de 5 de Mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia de los centros

. Orden Ministerial de 29 de Junio de 1994, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las Escuelas de E. Infantil y de los Colegios de E. Primaria

. Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo 1/1990 de 3 de Octubre.

. Ley Orgánica9/1995, 20 de Noviembre de la Participación, la Evaluación y el Gobierno d los Centros Docentes.

. Real Decreto 82/1996 de 26 de Enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de E. Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

. Orden Ministerial de 24de Noviembre de 1992 por la que se regulan los comedores escolares.

A contunuación presentamos un resumen de Reglamento de Régimen Interno:

PRINCIPIOS Y FINES GENERALES
ORGANOS DE GOBIERNO
ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
RECURSOS HUMANOS
NORMAS DE CONVIVENCIA
SERVICIOS
ACTIVIDADES COMPLEMENTA-RIAS Y ESTRA-ESCOLARES
DISPOSICIONES FINALES

 

TÍTULO 1: PRINCIPIOS Y FINES GENERALES. (Art. 1)

Señalamos algunos de los más importantes :

b) Establecer el marco que facilite las relaciones, decisiones y el funcionamiento en general.

e) Establecer, desarrollar y canalizar los mecanismos de participación de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

g) Elevar los niveles de convivencia general de todos los miembros que integran el Centro educativo.

TÍTULO 2: ÓRGANOS DE GOBIERNO

. Capítulo I: Órganos de gobierno (Arts. 2 al 4)

. Capítulo II: Órganos unipersonales de gobierno (Arts. 5 al 14)

. Capítulo III: Órganos colegiados de gobierno

. Sección 1ª : El Consejo Escolar (Arts 15 al 24)

. Sección 2ª: El Claustro de Profesores (Arts. 25 al 28)

TÍTULO 3: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

. Capítulo I: Órganos de coordinación (Art. 29)

. Capítulo II: Equipos de ciclo (Arts. 30 al 35)

. Capítulo III: Comisión de Coordinación Pedagógica (Arts. 36 al 38)

. Capítulo IV: Tutores (Arts. 39 al 41)

. Capítulo V: Otras funciones de coordinación (Art. 42)

TÍTULO 4: RECURSOS HUMANOS

. Capítulo I: Profesorado

. Sección 1ª: Derechos (Art. 43)

Señalamos algunos de los más importantes :

2. " A desarrollar su función docente dentro del principio de libertad de cátedra y de enseñanza teniendo como límite la constitución, Las Leyes y el presente Reglamento".

4. "A que sean respetadas su libertad de conciencia y sus convicciones religiosas y morales, así como su integridad y dignidad personal".

. Sección 2ª: Deberes (Art 44)

Señalamos algunos de los más importantes :

11. " Informar a los padres, maestros y alumnos de su grupo de todo aquello que concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico".

13. "Respetar los derechos de los alumnos".

. Sección 3ª: Horario del profesorado (Art. 45 al 47)

. Sección 4ª: Participación (Art. 48)

. Capítulo II: Alumnado

. Sección 1ª: Derechos (Arts. 49 al 60)

" A la formación, a la igualdad de oportunidades, a la evaluación con criterios objetivos, a recibir orientación, al respeto a la libertad de conciencia, a la integridad física y moral, de participación en el Centro, a la información, de reunión, a utilizar las instalaciones del Centro, a participar en las actividades del Centro".

. Sección 2ª: Deberes (Arts. 61 al 66)

(Art.61) "El deber más importante de los alumnos/as es el de aprovechar positivamente el puesto escolar que la sociedad pone a su disposición".

(Art. 62) "Obligación al estudio".

(Art. 63) "Cumplimiento de las normas de convivencia"

. Capítulo III: Padres/madres de alumnos/as

. Sección 1ª: Derechos (Art. 67)

Señalamos algunos de los más importantes :

2."Intervenir en el control y gestión del centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar".

3." Ser informados periódicamente del rendimiento académico de sus hijos, tanto en las reuniones generales del grupo-clase como en entrevistas familiares en el horario fijado".

. Sección 2ª: Deberes (Art. 68)

Señalamos algunos de los más importantes :

2. "Estimular a sus hijos/as en el cumplimiento de las normas de convivencia y en el ejercicio de sus derechos y deberes".

4. "Asistir a las entrevistas individuales a las que sea citado por el maestro/a como por los órganos de gobierno".

9. " Justificar las faltas de asistencia de sus hijos/as a clase, mediante escrito dirigido al tutor/a".

. Sección 3ª: Participación de los padres/madres (Art. 69)

" Los padres/madres o tutores del alumnado podrán participar en la vida del centro a través de la A.P.A y en el Consejo Escolar por medio de sus representantes en el mismo, de acuerdo con lo establecido en el R.D. 819/1993".

. Capítulo IV: Asociaciones de padres de alumnos (Arts 70 al 72)

. Capítulo V: Personal de administración y servicios (Arts. 73 al 75)

. Capítulo VI:Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (art. 76)

TÍTULO 5: NORMAS DE CONVIVENCIA

. Capítulo I: Normas de general cumplimiento (Art. 77)

Señalamos algunas de las más importantes :

1. " El diálogo será el medio usual de solucionar o resolver las diferencias, divergencias de opinión y los problemas que se puedan plantear".

6. " No se permitirá el acceso al centro fuera del siguiente horario (9:10 y 15:10), salvo autorización del Director o Jefe de Estudios por motivos justificados".

7. " Las visitas de los padres/madres se realizarán en el horario previamente establecido en la P.G.A., siempre fuera del horario lectivo, considerando que a las clases solamente se podrá entrar en casos de urgencia, gravedad o gran necesidad y con la autorización de algún miembro del equipo directivo, al fin de evitar interrupciones en la actividad docente".

8. " Una vez incorporados al centro los alumnos/as, tanto en jornada de mañana como de tarde, ningún alumno/a podrá salir de él sin que los padres o familiares se hagan cargo de su salida viniéndolos a buscar al centro".

9. " A partir de las 12 y de las 17 horas, la permanencia de los alumnos/as en el patio de recreo del centro estará supeditada con prioridad a la participación en actividades extraescolares aprobadas por el Consejo Escolar y a los comensales que hacen uso del Comedor Escolar".

11. " El profesor/a, tutor/a, con la aprobación del Equipo directivo, en previsión de posibles alteraciones de orden o comportamiento inadecuados, podrá no autorizar la realización de determinadas actividades o visitas extraescolares a algunos alumnos/as, siendo el Jefe de Estudios quien arbitre medidas que posibiliten la adecuada atención de estos alumnos/as en el centro".

. Capítulo II: Normas dentro de la clase (Art. 78)

. Capítulo III: Salidas del recinto escolar (Art. 79)

Señalamos algunos de los más importantes :

2. " Las salidas del centro para realizar excursiones, visitas y otras actividades educativas, se regirán por las normas especiales en cada caso, si bien será requisito necesario la previa conformidad de la familia solicitada por el profesor/a tutor/a".

. Capítulo IV: Utilización del colegio y del material (Art. 80)

Señalamos algunos de los más importantes :

1. " El colegio merece el respeto y cuidado de cuantos lo utilizan. Velar por su belleza y embellecimiento es tarea de todos".

4. " La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario y material escolar por uso indebido o negligencia, deberá ser compensada económicamente o reparadas por los responsables".

. Capítulo V: Correcciones

. Sección 1ª: Normas Generales (Arts 81 al 86)

. Sección 2ª: Conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro (Arts 87 al 90)

. Sección 3ª: Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro (Arts. 91 al 93)

.Capítulo VI: Procedimiento para la tramitación de los expedientes disciplinarios (Art. 94)

TÍTULO 6: SERVICIOS

. Capítulo I: Comedor Escolar (Arts. 95 al 100)

. Capítulo II: Biblioteca (Arts. 101 al 104)

. Capítulo III: Sala de Medios Audiovisuales (Art. 105)

. Capítulo IV: Laboratorio (Art. 106)

TÍTULO 7:

Actividades complementarias y extraescolares (Art. 107 al 108)

TÍTULO 8: Disposiciones finales

* Todos los que integran la Comunidad Educativa están obligados a conocer, respetar y cumplir este reglamento en la parte y medida que a cada uno de ellos afecta.

* El presente reglamento podrá ser modificado cuando varíe la legislación en que se apoya o cuando lo decida el Consejo Escolar a propuesta formulada por alguno de los cauces siguientes: Equipo Directivo, Claustro de Profesores, un tercio al menos, de los miembros del Consejo Escolar.

* Este Reglamento se aprobó el 14 de Mayo de 1996 y entró en vigor el día 1 de Septiembre de 1996.

 

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